SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0716/2018-S1
Fecha: 08-Nov-2018
i)
Israel Corsino Peredo Guerrero, Eduardo Quispe Copa y María Inés Callejas Quintana, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal y de Trabajo y Seguridad Social Primero de Caranavi del departamento de La Paz, presentaron informe escrito cursante de fs. 14 a 16, señalando que: i) En el proceso penal seguido contra la accionante, no existe desistimiento por parte de la DNA-Coripata ni del Ministerio Público, al ser instituciones que precautelan los derechos de la niñez y adolescencia; ii) La hermana de la impetrante de tutela quien está a cargo de la guarda de sus hijos menores, se encontraba en audiencia del 21 de septiembre de 2018, pero sin abogado, empero, no estaba presente la DNA-Coripata; iii) El art. 60 de la CPE establece como deber del Estado garantizar el interés superior del niño, niña y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos y la primacía en recibir atención y asistencia oportuna de personal especializado; y, iv) La peticionante de tutela fue notificada con el señalamiento de audiencia para el 28 de septiembre del referido año a horas 11:00 a.m.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- causas o motivos que no justifican
- CONFIRMAR
- CONCEDER en parte