SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0716/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0716/2018-S1

Fecha: 08-Nov-2018

III.2.   Análisis del caso concreto

La parte accionante denunció la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la defensa, y a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones toda vez que, las autoridades demandadas ante la solicitud de cesación de la detención preventiva dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de violación y abuso sexual en grado de complicidad, procedió a la suspensión de la audiencia programada aduciendo la inasistencia de la DNA-Coripata del departamento de La Paz, sin considerar que por la naturaleza jurídica, no debió suspenderse la realización del citado acto procesal más aun cuando la aludida Defensoría fue debidamente notificada y se trataría de una mujer y madre de cuatro hijos menores y existiría el desistimiento de la parte querellante a su favor.

De la revisión de antecedentes y conclusiones que informan el presente fallo constitucional, se tiene que el 26 de febrero de 2018, Mario Quispe Mamani presentó desistimiento a favor de la hoy accionante ante las autoridades ahora demandadas, manifestando que no existen testigos que corroboren su participación en el delito denunciado, habiendo suscrito documento transaccional que constituye una forma extraordinaria de conclusión del proceso penal, siendo aceptado por Auto de 27 de igual mes y año; asimismo, el 26 de febrero del citado año, Mario Quispe Mamani, Clara Quispe Mamani y Maribel Chura Llanque se allanaron a la solicitud de cesación de la detención preventiva de la impetrante de tutela (Conclusiones II.1 y II.2).

Consecutivamente, el 2 de marzo de 2018, se llevó a cabo la audiencia pública de consideración de cesación de la detención preventiva solicitada por la accionante, actuado procesal en el que las autoridades hoy demandadas, emitieron el Auto Interlocutorio 026/2018 rechazando dicha solicitud al considerar que no desvirtuaron los riesgos procesales por los que ordenaron su detención preventiva (Conclusión II.3).

    Así, ante la nueva solicitud de cesación de la detención preventiva, el 21 de septiembre de 2018 se llevó a cabo la audiencia pública para la consideración y solicitud de procedimiento abreviado planteada por el Ministerio Público, actuado procesal que fue suspendido bajo el argumento de la incomparecencia del representante de la DNA-Coripata y en resguardo de los derechos de las víctimas quienes son menores de edad, siendo reprogramado para el 28 del mismo mes y año a horas 11:00 (Conclusión II.5).