Sentencia Constitucional Plurinacional 0720/2018-S1 de 8 de noviembre
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0720/2018-S1 de 8 de noviembre

Fecha: 08-Nov-2018

i)

         Para el efecto, la referida resolución identificó tres problemáticas, las cuales son: La empresa accionante por medio de su representante, considera lesionados sus derechos al debido proceso en su elemento motivación de las resoluciones, a la defensa y a la petición, así como a la garantía del non bis in ídem, por cuanto: i) La CNS Regional Cochabamba a través de sus autoridades ejecutaron la Boleta de Garantía de Buen Funcionamiento de Maquinaria y/o Equipo BG-070252-0101, cuando de su parte cumplió con todo lo estipulado en el contrato, observándose estrictamente el cronograma de mantenimiento en las fechas y plazos acordados; sin embargo, se dio curso a lo referido en total abstracción del procedimiento determinado en el contrato, y sin permitir la presentación de argumentos o descargos para evitar la consumación del acto, decisión administrativa que carece de motivación; ii) Habiéndose ejecutado la mencionada Boleta, y ante el silencio administrativo por parte de la institución contratante respecto a la solicitud de devolución de la Boleta de Garantía renovada, se corre el riesgo de que exista una doble sanción por el mismo hecho, no siendo posible que la referida institución pretenda quedarse con esta última Boleta, generando un evidente riesgo de una segunda ejecución; y, iii) Las tres notas que fueron presentadas ante el Gerente General y la Administradora de la CNS -ahora demandados-, en las que se solicitó aclaración y explicación de los motivos de la ejecución, así como la devolución de la nueva Boleta, hasta la interposición de la presente acción tutelar no fueron respondidas”.