SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0723/2018-S1
Fecha: 09-Nov-2018
concedió
El Juez Público de Familia Tercero del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías mediante Resolución 2 de 27 de abril de 2018, cursante de fs. 551 vta. a 554 vta., concedió la tutela solicitada y dispuso la anulación de la Resolución Ministerial 1251/2017, ordenando al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, dicte nueva resolución, resolviendo el recurso jerárquico puesto a su conocimiento, con la debida fundamentación, motivación, congruencia y pertinencia, valorando, compulsando e interpretando las leyes, procedimientos, los elementos probatorios y aplicando la jurisprudencia constitucional vinculante; bajo los siguientes fundamentos: 1) De lo expresado por las partes en audiencia, respecto al ámbito legal que rige al SINEC, las partes debieron adjuntar prueba que acredite que la referida institución está regida por la Ley General del Trabajo; sin embargo, al haber manifestado, en audiencia, la representante de dicha entidad tal extremo, se considera tal afirmación como válida, y no así la expresada por la autoridad demandada; 2) La Resolución Ministerial 1251/2017, violentó el debido proceso, establecido en los arts. 64, 70, 115, 116, 117 y 180 de la CPE, pues la entidad que emitió la misma no consideró que los trabajadores del SINEC están amparados por la Ley General del Trabajo, al margen de que no existen congruencia respecto a lo solicitado en el recurso jerárquico; y, 3) La referida Resolución, carece de congruencia en cuanto a la consideración y resolución de todos los puntos puestos a su consideración; además, de la coherencia y unidad de criterios dentro de la misma resolución, observándose que no realizó el análisis sobre lo expuesto en el recurso jerárquico, sobre los defectos absolutos y la prueba ofrecida, como es el caso del carnet de discapacidad, que si bien estaba caducado no fue un aspecto reclamado en el referido recurso, violándose entonces el debido proceso, tal como se denuncia en la presente acción de defensa.