SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0748/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0748/2018-S1

Fecha: 09-Nov-2018

después de tres meses

Señala también que, por memorial de 22 de septiembre de 2017, planteó la prescripción de la acción, “…respecto al debido proceso y mis garantías constitucionales, presunción de inocencia y nulidad de obrados…” (sic), asimismo el 26 de similar mes y año, presentó otro memorial solicitando el rechazo y desistimiento excepcional de denuncia, conforme al art. 115.I y 108 inc. I) de la Ley 483; ante ello, se emitió la Resolución Final de Primera Instancia DS-20/2017 de 11 de octubre, mediante la cual se le impuso la sanción de destitución e inhabilitación definitiva para el ejercicio del servicio notarial conforme el art. 107 inc. c) de la Ley 483, declarando asimismo improbada la excepción de prescripción; en ese entendido, en tiempo hábil y oportuno interpuso recurso de apelación en contra de dicha resolución, notificándosele con Resolución Final Disciplinaria de Segunda Instancia DNP/LP 001/2018 de 3 de enero recién ese día; “…es decir, después de tres meses…” (sic), siendo que según procedimiento indica el plazo fatal y perentorio de cinco días, es así que, el 4 del mismo mes y año, interpuso memorial solicitando la aclaración, enmienda o complementación, mismo que le fue respondido mediante Auto de 5 de igual mes y año, pero que recién le notificaron el “20 de febrero de 2018” (sic), después de “cuarenta y seis días” (sic).

Por último refiere que, una vez resuelta su situación legal, mediante memorial de 13 de noviembre de 2017, solicitó la devolución de sus libros matrices y archivos para proseguir con su actividad notarial, pero hasta ahora, -se entiende la fecha de presentación de la acción de defensa-, recién concluyeron el proceso sumario disciplinario.