Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0854/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
II.2.
II.2. Por Informe de 31 del referido mes y año, Ismael Fernández Haybar, funcionario policial, comunicó a Jhonny Corrales Ledezma, Director Departamental de la FELCC y al Ministerio Público sobre la existencia de una denuncia presentada por Jaime Paco Días contra los impetrantes de tutela, por la presunta comisión del delito de robo agravado, señalando a las personas identificadas por la víctima cuando salieron a patrullar y solicitando que se practique el acto legal de reconocimiento mediante el desfile identificativo de los prenombrados (fs. 22 a 23).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Con relación al procesamiento indebido y su vinculación con el derecho a la libertad
- para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR