Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0854/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
II.5.
II.5. Mediante Informe de 31 de agosto de 2018, Ismael Fernández Haybar, comunicó al Director Departamental de la FELCC y al Ministerio Público, sobre la golpiza que sufrió la víctima propinada por los accionantes, adjuntando actas de reconocimiento de personas mediante desfile identificativo, ambas de la fecha antes indicada, en las cuales se identificó a los prenombrados como los autores del robo y de las lesiones (fs. 33 a 35 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Con relación al procesamiento indebido y su vinculación con el derecho a la libertad
- para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR