SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0858/2018-S3
Fecha: 27-Nov-2018
denegó
La Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 004/2018 de 14 de mayo, cursante de fs. 1409 a 1411 vta., denegó la tutela solicitada; bajo los siguientes fundamentos: a) La accionante incidentó cuestionando la fuerza ejecutiva del título base de la demanda, y no respecto a la naturaleza de pequeña propiedad del inmueble objeto de embargo; b) Precluyó la etapa procesal idónea para interponer excepciones en el proceso ejecutivo, encontrándose en fase de ejecución de fallos; c) La presentación del testimonio de declaratoria de herederos, acreditó sólo la calidad de sucesora, y no la existencia de derecho de propiedad sobre la pequeña propiedad agraria; d) Al haberse revocado la nulidad del acta de embargo y el acto de subasta de remate, fueron en los mismos términos, por ende no concurre el pedido de nulidad y en la sucesión procesal operada; e) Mediante Auto de 22 de agosto de 2012, se aprobó la subasta y la venta judicial del bien inmueble en cuestión; sin embargo, no fue impugnado en tiempo oportuno y tampoco se invocó inembargabilidad; y, f) El derecho propietario estaba señalado por la parte ejecutada a favor de Blanca Karina Gutiérrez Timberlake -fue a quien se transfirió-, situación que no se observó en ninguna ocasión por la peticionante de tutela.