Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 774/2018-S2
Fecha: 26-Nov-2018
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al trabajo, a “ser elegido dentro de un proceso de competencia de méritos” y la garantía de la presunción de inocencia; toda vez que, la autoridad demandada se negó a extenderle un certificado que acredite que no tiene cuentas pendientes con el IBC, presumiendo su responsabilidad; por lo que, solicita se conceda la tutela impetrada, ordenándose a la autoridad demandada, emita la certificación de no cuentas pendientes a efectos de participar de la convocatoria al concurso de méritos para la elección del Director General Ejecutivo del citado Instituto.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA DE LA DISIDENCIA
- CONFIRMAR
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- II.1. Abstracción del principio de subsidiariedad en acciones de amparo constitucional respecto a personas con discapacidad
- II.2. Sobre la presunción de inocencia
- II.3. Análisis del caso concreto
- comunicó que no se le puede extender el certificado solicitado; debido a que, al presente existe una cuenta pendiente con la institución, concerniente a multas con impuestos nacionales y otros; razón por la cual, se le inició un proceso penal en su contra, estando en etapa de plena investigación y mientras no se resuelva el mismo, no se extenderá el respectivo certificado.
- conceder
- Principio
- Derecho,
- Garantía,
- b) La presunción de inocencia sólo es vencible con una sentencia condenatoria con calidad de cosa juzgada formal y material
- d) La presunción de inocencia como parte del debido proceso es extensible a todo proceso -judicial o administrativo