0870/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0870/2018-S2

Fecha: 20-Dic-2018

Fragmento 4

         El debido proceso en el ordenamiento constitucional boliviano se constituye en un derecho y principio a la luz de lo dispuesto por los arts. 115.II y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE), sobre la protección de este derecho a través de la acción de libertad, en el marco de lo establecido por el art. 125 de la misma Norma Suprema, la jurisprudencia constitucional ha dilucidado bastante, al respecto, a través la SCP 0217/2014 de 5 de febrero, el Tribunal Constitucional Plurinacional efectuó una reconducción a la línea jurisprudencial que anteriormente resultaba vinculante en cuanto a la tutela del debido proceso vía la acción de libertad.