Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0478/2018-RCA
Fecha: 12-Dic-2018
II.2. Sobre la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
Al respecto la SCP 2525/2012 de 14 de diciembre, estableció que: “La legitimación pasiva supone la existencia de la coincidencia entre la autoridad o particular que presuntamente causó la vulneración a los derechos fundamentales o garantías constitucionales y aquella contra quien se dirige la acción; por lo que es preciso identificar correctamente a las autoridades o personas demandadas”.