AUTO CONSTITUCIONAL 0499/2018-RCA
Fecha: 20-Dic-2018
en mérito al análisis técnico legal, se infiere que existe vulneración de los derechos laborales y beneficios sociales del SR. WEISMAR COCA PARADA
Argumenta también que, de manera voluntaria se desvinculó de su fuente laboral, para lo cual decidió apersonarse al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, reclamando el pago de los subsidios prenatal, de natalidad y de lactancia que por derecho le corresponden, entidad que logró llevar una audiencia de conciliación en la cual el demandado planteó pagar Bs5 000.- (cinco mil 00/100 bolivianos) monto que no cubre ni siquiera el subsidio prenatal, por lo que tal proposición fue rechazada; ante esa conducta renuente, dicho Ministerio declinó competencia a la jurisdicción constitucional señalando en conclusiones que “…en mérito al análisis técnico legal, se infiere que existe vulneración de los derechos laborales y beneficios sociales del SR. WEISMAR COCA PARADA…” (sic).
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- en mérito al análisis técnico legal, se infiere que existe vulneración de los derechos laborales y beneficios sociales del SR. WEISMAR COCA PARADA
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- La Acción de Amparo
- protección especial de la que gozan la mujer embarazada y el progenitor-trabajador,
- este Tribunal ha determinado que se puede abstraer su observancia, dada la naturaleza de los derechos invocados y la naturaleza de la cuestión planteada,
- II.3. Análisis del caso concreto
- Art. 9)
- CONFIRMAR