AUTO CONSTITUCIONAL 0507/2018-RCA
Fecha: 21-Dic-2018
a)
Ante tanta injusticia, acudió a la Federación Regional de Cooperativas Mineras del Sur (FERECOMINSUR) para hacer conocer las transgresiones que sufrían sus derechos como asociado, por lo que los Directivos enviaron la nota FRCMS/170/2018 de 17 de julio, a Samuel Aguilar Mamani, Alejo Mamani Flores y Pascual Quispe Mamani para hacerles conocer que luego de un análisis de su caso llegaron a la conclusión de que no encontraban faltas graves que ameriten una expulsión y por consiguiente debían restituirle su fuente laboral; es así, que el 30 de julio de 2018 se reunieron en las oficinas del Consejo de Administración de la Cooperativa Minera “Siete Suyos” R.L. con miembros de FERECOMINSUR, determinando: a) El retorno a su fuente de trabajo hasta que se regularice el Reglamento del Tribunal de Honor de dicha Federación; b) Fiscalizar su paraje; y, c) Reincorporarle a su fuente de trabajo, para que realice su producción. Sin embargo, los ahora demandados, obrando de mala fe, convocaron a Asamblea General extraordinaria, reuniéndose el 14 de agosto de ese año, obligando a los asociados a no obedecer a FERECOMINSUR y por tanto mantener su expulsión.