Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0515/2018-RCA
Fecha: 28-Dic-2018
I.5. Síntesis de la impugnación
Señalan que la resolución impugnada carece de motivación, al no explicar los motivos por los cuales se arriba a la determinación de declarar improcedente la acción de amparo constitucional; asimismo, manifiestan que el Juez de garantías aduce la existencia de mecanismos intraprocesales donde las lesiones a derechos y garantías pueden repararse, sin señalar a cuales se refiere. Al respecto, la Resolución que vulnera sus derechos y garantías es el Auto de Vista 47/2018, que resolvió una apelación incidental, por lo que contra ese fallo no cabe recurso ordinario ulterior.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedente
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- la parte recurrente debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional o administrativa,
- II.3. Análisis del caso concreto