Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0799/2018-S3
Fecha: 03-Dic-2018
a)
La empresa accionante a través de su representante, ratificó el tenor íntegro de la acción de amparo constitucional presentada y ampliando manifestó que: a) La urbanización Brisas del Sur, no pudo demostrar su derecho propietario ni de dominio sobre la vía de acceso; b) No podían cerrar una vía de dominio público ni poner vallas o puerta metálica; c) No se hará una impugnación sobre derecho propietario o de servidumbre; y, d) Se reclama el libre tránsito y locomoción, en base al documento público y los planos aprobados por el Gobierno Autónomo Municipal de Palca.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. La labor de la justicia constitucional ante la constatación de denuncias de actos vinculados a medidas o vías de hecho o, justicia por mano propia
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR