Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0799/2018-S3
Fecha: 03-Dic-2018
II.6.
II.6. Mediante acta de 20 de igual mes y año, las empresas NIEMEYER S.R.L., SOLKOLMET, METAVENTA, HANDAL, PARACROS, la urbanización JITITA PAMPA y el Gobierno Autónomo Municipal de Palca, se comprometieron a no cerrar la vías de acceso de la urbanización Brisas del Sur, con el compromiso de que empresa accionante compraría un terreno del sector para usarlo como paso, entre tanto utilizaría la calle de seis metros de la urbanización Jitita Pampa en favor del condominio Claveles del Sur (fs. 881 a 882 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. La labor de la justicia constitucional ante la constatación de denuncias de actos vinculados a medidas o vías de hecho o, justicia por mano propia
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR