Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0833/2018-S1
Fecha: 12-Dic-2018
II.4.
II.4. Mediante Auto de Vista 08-17 de 14 de septiembre de 2017, los Vocales de la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -hoy demandados-, declararon ilegal el recurso de compulsa interpuesto por la accionante; toda vez que, el Auto Interlocutorio 260/17, no cumpliría con los presupuestos señalados en la jurisprudencia para ser un Auto Definitivo, y al ser una resolución que no corta procedimiento alguno ni pone fin al proceso, el plazo para impugnarla era de tres días conforme a lo establecido en el art. 262.1 del CPC (fs. 37 y vta.).