SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0839/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0839/2018-S1

Fecha: 12-Dic-2018

a)

Señala que, Miguelina Maldonado Viña firmó un desistimiento de la acción penal, toda vez que, las acusaciones fueron falsas, y asimismo, la supuesta víctima hizo una declaración voluntaria ante Notario de Fe Pública admitiendo que los hechos denunciados eran inexistentes; empero, desde el 9 de enero de 2015 hasta el 19 de abril de 2017, fecha en la que se realizó su juicio oral, luego de una serie de suspensiones, se dictó injusta sentencia, motivo por el cual interpuso excepción de extinción por duración máxima del proceso, alegando que: a) No obstaculizó ni interfirió en la tramitación normal del proceso, mismo que se inició el 18 de mayo de 2011 y la acusación se presentó el 24 de diciembre de 2013; b) En el cómputo efectuado se restaron vacaciones y feriados, quedando como tiempo hábil de mora procesal cinco años y seis meses de duración efectiva del proceso;     c) En relación a la rebeldía dispuesta en su contra por no asistir a la audiencia señalada, presentó de manera inmediata justificación mereciendo revocatoria por parte del Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Santa Cruz; y, d) Sobre la complejidad del asunto, se tiene que tanto la víctima como la denunciante manifestaron a viva voz que no existió el hecho; consiguientemente, no se podría considerar el mismo.