SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0846/2018-S4
Fecha: 12-Dic-2018
II.1.
II.1. A denuncia formulada por la accionante ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, por haber sido despedida de su fuente laboral en la empresa KIMBERLY BOLIVIA S.A., luego de llevarse a cabo audiencia de conciliación el 5 de junio de 2018, y al no haberse arribado a un acuerdo entre partes, se dictó la Conminatoria de Reincorporación JDTSC/CONM 50/2018 de 13 de junio, ordenando a la señalada empresa a restituir inmediatamente a la trabajadora a su fuente laboral en el mismo puesto que ocupaba, así como a reponer los sueldos devengados desde el despido injustificado, en aplicación del DS 0495, manteniendo su antigüedad y demás derechos que correspondan por ley; determinación que, no obstante haber sido notificada el 18 de igual mes y año, no fue cumplida, conforme establece el Informe JDTSC/I/VER. REINC./LAB. 036/208 de 26 de mayo (fs. 2 a 13).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz
- concedió en parte
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de la estabilidad laboral y los mecanismos de protección inmediata
- .
- III.2. La aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- III.3. El cumplimiento obligatorio e integral de la Conminatoria de Reincorporación Laboral
- Fragmento 16
- III.4. La fundamentación y congruencia en las resoluciones como elementos del debido proceso
- III.5. Análisis del caso concreto
- provisional
- CONFIRMAR en parte