SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2018-S2

Fecha: 20-Dic-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En su condición de Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social Cuarta de la Capital del departamento de Santa Cruz, dictó la Sentencia 102/2008 de 29 de noviembre, que declaró probada la demanda laboral de pago de beneficios sociales; empero, dicho fallo fue revocado por el Tribunal de apelación.

Ante tal circunstancia, el 29 de marzo de 2010 se presentó denuncia penal en su contra por la supuesta comisión de los delitos de prevaricato y resoluciones contrarias a la Constitución y a la ley; misma que, fue rechazada el 23 de abril del mismo año; empero, dicho rechazo fue revocado por el Fiscal Departamental de Santa Cruz. Posteriormente el 2013, el Fiscal de Materia nuevamente emite un segundo rechazo de la denuncia y la querella, el cual también fue revocado por el Fiscal Departamental, en mérito a la objeción presentada por la Universidad Autónoma Gabriel Rene Moreno (UAGRM), presentándose acusación en su contra el 16 de agosto de 2016.

El 10 de mayo de 2017 presentó la excepción de prescripción de la acción, con el fundamento que corresponde ser juzgada por la “…Ley penal de 1972 y no con la nueva Ley 004 Marcelo Santa Cruz...” (sic) en el entendido de que el hecho es anterior a la vigencia de dicha norma y que el delito de prevaricato tenía una pena privativa de libertad de dos a cuatro años y el delito de resoluciones contrarias a la Constitución y a la ley, la pena de un mes a dos años de privación de libertad.