SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0862/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0862/2018-S2

Fecha: 20-Dic-2018

a)

Roxana Bernadett Espejo Flores, Jueza del Tribunal de Sentencia Penal Segundo de El Alto del departamento de La Paz, a través de informe cursante de fs. 11 a 12, señaló que: a) El accionante no interpuso el recurso que corresponde contra el decreto de 23 de marzo de 2018, de acuerdo al art. 401 del CPP; por lo que, no agotó las vías legales para acudir a la justicia constitucional; b) En el juicio oral, la base del proceso es la acusación del Ministerio Público contra Brígida Mamani Angulo, ya que conforme al art. 341 del CPP modificado por la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal -Ley 586 de 30 de octubre de 2014-, ésta contendrá los datos que sirvan para identificar a la o el imputado y la víctima; en tal sentido, la acusación fiscal presentada al Juzgado de Instrucción Penal Tercero de El Alto, señala como querellantes a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de El Alto, en representación de la víctima; y, como víctimas a AA (+) y BB, sin consignar a Andrés Choque Poma; por lo que, el impetrante de tutela debía acudir al Ministerio Público y hacer prevalecer la calidad que refiere, o en su caso, establecer en su memorial el por qué se considera víctima, la relación de parentesco o afinidad con las víctimas menores de edad; aspecto que no se acreditó ante este Tribunal; y no solo referir, que es familiar directo, sin especificar en qué grado; y, c) El peticionante de tutela, sin acreditar interés alguno, presentó memoriales en dos oportunidades, el 14 y 22 de marzo de 2018, adjuntando fotocopias de un memorial de terceras personas al Juzgado de Instrucción Penal Tercero de El Alto; desconociéndose hasta la fecha, esta relación de parentesco.