Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2018-RCA
Fecha: 05-Feb-2018
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido en el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 13/2017 de 27 de octubre, cursante de fs. 107 a 108 vta., pronunciada por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, constituida en Tribunal de garantías.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedente
- 1)
- I.6. Trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- en resguardo del principio de la seguridad jurídica, instituye la cosa juzgada constitucional, lo que significa que
- las personas que plantean un Recurso de Amparo contra Sentencias Constitucionales hacen un uso equivocado de la acción distorsionando su esencia y naturaleza tutelar
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR