AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2018-RCA
Fecha: 08-Feb-2018
haciendo un análisis integral de lo que significa la notificación a un tercero interesado, de la misma se puede decir, que la intervención de un tercero interesado en las acciones de defensa, vienen a precautelar derechos de quién tiene un interés legítimo en la acción tutelar, por eso es importante poner a conocimiento de terceros la acción de defensa planteada, por cuanto de la decisión que se asuma, podrá eventualmente afectar sus derechos
Con relación al tema, el AC 0045/2015-RCA de 19 de febrero, determinó que: “…haciendo un análisis integral de lo que significa la notificación a un tercero interesado, de la misma se puede decir, que la intervención de un tercero interesado en las acciones de defensa, vienen a precautelar derechos de quién tiene un interés legítimo en la acción tutelar, por eso es importante poner a conocimiento de terceros la acción de defensa planteada, por cuanto de la decisión que se asuma, podrá eventualmente afectar sus derechos; no obstante la línea jurisprudencial existente también advierte que no es posible ser estrictos con ese requisito, empero ello tendrá que ser analizado según el caso, no obstante en aquellos casos que deriven de procesos judiciales de donde emerja el supuesto acto lesivo, es deber del accionante identificar nombre y dirección existente de acuerdo a los datos del proceso, a efectos de resguardar el derecho de defensa del ‘tercero interesado’” (las negrillas nos pertenecen).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- rechazó
- 1)
- I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- haciendo un análisis integral de lo que significa la notificación a un tercero interesado, de la misma se puede decir, que la intervención de un tercero interesado en las acciones de defensa, vienen a precautelar derechos de quién tiene un interés legítimo en la acción tutelar, por eso es importante poner a conocimiento de terceros la acción de defensa planteada, por cuanto de la decisión que se asuma, podrá eventualmente afectar sus derechos
- II.3. Análisis del caso concreto