Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0027/2018-RCA
Fecha: 08-Feb-2018
improcedente
El indicado Juez de garantías, por Resolución 12/2017 de 10 de noviembre, cursante de fs. 61 a 62, declaró improcedente la acción de protección de privacidad, fundamentando que los hechos expuestos no se subsumen ni se enmarcan dentro de los alcances y ámbito de protección establecidos para la indicada acción de defensa, sin dar razones del porqué de su decisión.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.3. Petitorio
- a)
- improcedente
- I.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- u obtener la eliminación o rectificación de los datos registrados
- La Acción de Protección de Privacidad podrá interponerse de forma directa
- II.2. Sobre los requisitos de presentación de las acciones de protección de privacidad
- II.3. Análisis del caso concreto