AUTO CONSTITUCIONAL 0034/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0034/2018-CA

Fecha: 19-Feb-2018

I.2. Respuesta a la solicitud

De la revisión de los antecedentes aparejados al expediente, si bien no cursa decreto de que se corrió en traslado a la parte contraria, por memorial presentado el 4 de diciembre de 2017, cursante de fs. 85 a 89 vta., Haider Echalar Justiniano, responde a ésta acción indicando que el proceso disciplinario se encuentra con sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, situación que hace inviable la presentación de una acción de inconstitucionalidad concreta de acuerdo a los  arts. 111 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP) y 81 del Código Procesal Constitucional (CPCo), resultando grosero e intrépido el hecho de que la parte accionante pretenda suspender el procedimiento de la Resolución  SD-AP 229/2017, el cual no tiene asidero legal, ya que conforme al art. 210 de la LOJ, la misma es definitiva y de cumplimiento obligatorio e inmediato, citando al efecto, la SCP 0560/2013 de 20 de mayo, entre otras, solicitando se rechace la misma.