AUTO CONSTITUCIONAL 0034/2018-RCA
Fecha: 08-Feb-2018
II.3. Cumplimiento de los requisitos de admisión
“1. Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata”.
En el caso las representantes legales de la entidad accionante, señalaron sus generales de ley, sus nombres, Cédulas de Identidad, con domicilio real y residencia en la zona Ciudad Satélite, Av. Del Policía, Calle 22B No. 637 de la ciudad de El Alto de La Paz, asimismo acreditaron su representación legal mediante Fotocopia legalizada de Testimonio de Poder 363/2017 de 8 de septiembre, otorgada por la Notaria de Fe Pública No. 93 de la misma ciudad.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- improcedente
- improcedencia
- I.6. Trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Análisis del caso concreto
- de complementación, aclaración y enmienda de una decisión judicial o administrativa, el plazo se computa desde la notificación con la resolución que la conceda o rechace
- II.3. Cumplimiento de los requisitos de admisión