AUTO CONSTITUCIONAL 0040/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0040/2018-CA

Fecha: 21-Feb-2018

I.2.

Refiere que, el TSE por Resolución TSE-RSP 342/2016, lo declaró absuelto de la denuncia seguida en su contra por la supuesta comisión de infracciones establecidas en los arts. 65 inc. a) y 69 inc. d) de la LPPo; sin embargo, ante        la interposición de un recurso de reposición, las autoridades demandadas dictaron la Resolución TSE-RSP 0545/2016, declarando probada la denuncia interpuesta y revocando su mandato del cargo de Jefe Nacional del MNR.

Así, la mencionada Institución no tomó en cuenta que el recurso de reconsideración dejó de ser su competencia, por disposición de la Ley del Órgano Electoral Plurinacional, sustanciando y resolviéndolo en previsión de los arts. 75 y 76 de la     LPPo; sin embargo, aun cuando carecía de competencia para revisar sus propias decisiones, por aplicación preferente de la Ley del Órgano Electoral Plurinacional, emitió la Resolución TSE-RSP-JUR 013/2017, pronunciándose nuevamente sobre el recurso de reconsideración precedentemente referido, en los mismos términos de la Resolución TSE-RSP 0545/2016; es decir, declarando probada la denuncia interpuesta y revocando su mandato en el cargo de Jefe Nacional del MNR.