Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0040/2018-CA
Fecha: 21-Feb-2018
recursos directos de nulidad
Los recursos directos de nulidad interpuesto por Erick Morón Osinaga contra Katia Verónica Uriona Gamarra, Presidenta; Antonio José Ivan Costas Sitic, Vicepresidente; María Eugenia Choque Quispe, José Luis Exeni Rodríguez, Idelfonso Mamani Romero, Carmen Dunia Sandóval Arenas, Lucy Cruz Villca, Vocales, del Tribunal Supremo Electoral (TSE), demandando la nulidad de las Resoluciones TSE-RSP 0545/2016 de 1 de noviembre (fs. 16 a 20) y TSE-RSP-JUR- 013/2017 de 12 de abril (fs. 1 a 12).
- recursos directos de nulidad
- I.1.1. Respecto del expediente
- Fragmento 3
- I.1.2. Respecto del expediente
- I.2.
- I.3. Petitorio
- I.4. Trámite procesal
- II.1. Acumulación de procesos relacionados y conexos
- Fragmento 9
- a supuestas infracciones al debido proceso, en cualquiera de las formas en que tales infracciones pudieran producirse en los procesos judiciales o administrativos en curso…
- en los procesos judiciales y administrativos todo acto sin competencia o jurisdicción que puedan afectar al juez competente como elemento del juez natural debe tutelarse por los recursos ordinarios previstos por el legislador y agotados los mismos, siempre y cuando exista vulneración a derechos y garantías mediante acción de amparo constitucional y no por el recurso directo de nulidad
- II.3. Análisis del caso concreto