AUTO CONSTITUCIONAL 0059/2018-RCA
Fecha: 15-Feb-2018
Fragmento 3
Solicita se conceda la tutela disponiendo: a) Se deje sin efecto el Memorando CM-DIR-NAL. RR.HH. 0503/2017, el Acuerdo 0104/2017 y la Resolución RR/SP 0122/2017, debiendo con carácter previo la Sala Plena del Consejo de la Magistratura considerar y corregir cada uno de los actos ilegales que motivaron el recurso de revocatoria en el proceso de evaluación a juezas y jueces disciplinarios, interpuesto mediante memorial de 5 de julio de 2017, b) Se anule la Resolución 005/2017 de 15 de febrero, en razón a que no fue respondida en el fondo la complementación y enmienda, mediante Auto de 21 de agosto de 2017, dictado por el Consejo de la Magistratura; y, c) Se ordene la restitución a su cargo, debiendo al efecto emitirse el Memorando correspondiente además del pago de sueldos devengados.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 3
- improcedente
- i)
- I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. La impugnación de los actos administrativos del Consejo de la Magistratura
- los actos y resoluciones que emanan de la máxima instancia de la entidad, como es el Pleno del Consejo de la Magistratura, solo admiten recurso de revocatoria; mientras que los emitidos por autoridades jerárquicamente inferiores, admiten el recurso de revocatoria ante la misma autoridad y posteriormente el jerárquico ante el superior en grado,
- II.3. Análisis del caso concreto
- II.3.1. Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad, establecidos por el art. 33 del CPCo.