AUTO CONSTITUCIONAL 0066/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0066/2018-RCA

Fecha: 15-Feb-2018

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Mediante memorial presentado el 29 de noviembre de 2017, cursante de fs. 3 a 11, la accionante manifiesta que el 1 de febrero de 2016, en ocasión de renovar su cédula de identidad, se apersonó al Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), donde le informaron que no podía obtener el documento con el nombre “Ana Lopez”, el que utilizó para ejercer sus derechos en todos los actos públicos como privados, en razón a que el 24 de abril de 1991, el que en vida fue Nilo Ordoñez Guerrero, le hizo registrar con el nombre de “Ana Ordoñez López”, cuando tenía treinta y dos años de edad, como consecuencia de esa filiación a sus cincuenta y nueve años recién surte sus efectos esa inscripción. En sede administrativa acudió ante el Servicio de Registro Cívico (SERECI) solicitando la supresión del apellido “Ordoñez”; empero, luego de los recursos de revocatoria y jerárquico, se pronunció la Resolución 040/2016 de 11 de noviembre, que rechazó su pretensión indicándole que su caso correspondía a la jurisdicción ordinaria.