AUTO CONSTITUCIONAL 0071/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0071/2018-RCA

Fecha: 19-Feb-2018

a)

El Juez Público Civil y Comercial Decimoprimero del departamento de Chuquisaca, mediante Resolución de 28 de noviembre de 2017, cursante a fs. 370, determinó que previamente a la admisión de la acción de amparo constitucional la parte accionante subsane los siguientes aspectos: a) Considerando los antecedentes del proceso penal, la acción de amparo constitucional deberá estar dirigida contra el Viceministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción; b) La referida acción de defensa deberá presentarse contra el Fiscal Departamental de Oruro, en su calidad de tercero interesado, considerando el proceso penal y las consecuencias jurídicas a dictarse en la presente acción constitucional; y,           c) Señale los derechos y garantías vulnerados por las autoridades demandadas.