AUTO CONSTITUCIONAL 0072/2018-RCA
Fecha: 19-Feb-2018
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memoriales presentados el 23 de noviembre y 1 de diciembre de 2017, cursantes de fs. 225 a 229; y, 232 a 234, respectivamente, la accionante mediante su representante legal manifestó que, el 2012, la Unidad de Conclusión de Procesos de Avocación La Paz, inició el proceso de saneamiento de la Comunidad Quillcoma ubicada en la provincia Aroma, municipio de Ayo Ayo del departamento de La Paz, pero que su parcela no fue saneada por conflictos con las autoridades.
El 8 de octubre de 2012, Marcelino Chino Taco presentó memorial con Hoja de Ruta DN HRE 33534/2012, solicitando que la propiedad que posee su familia sea tomada en cuenta para el saneamiento, siendo derivado todo el caso a la Unidad de Conciliación de Conflictos mediante nota, para que continué el proceso mediante el procedimiento común de saneamiento simple de oficio, solicitud que reiteró el 27 de marzo de 2015, recibiendo por respuesta el 2 de abril de ese año, que el conflicto existente sería puesto a conocimiento del Viceministro de Tierras para poder conciliar.
El 7 de septiembre de 2016, solicitan pronunciamiento con referencia a sus solicitudes, emitiéndose al efecto el Informe Técnico CPA LP 2246/2016, concluyendo en uno de sus puntos emitir resolución que determine Área de Saneamiento Simple de Oficio, con la aplicación de procedimiento común de saneamiento para las parcelas descritas.
Refiere que, en todo ese proceso administrativo no obtuvo respuesta formal vulnerando su derecho a la petición y una respuesta pronta y oportuna, previstos en el art. 24 de la Constitución Política del Estado (CPE), tampoco se procedió conforme dictan los arts. 280.II inc. a), 292.I inc. e) y 294 del Decreto Supremo (DS) 29215 de 2 de agosto de 2007.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- improcedencia
- 1)
- I.6. Trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- características propias de la acción de cumplimiento
- II.3. Causales de improcedencia en acción de cumplimiento
- II.4. Análisis del caso concreto
- en caso de que dicha omisión afecte a un grupo de personas que se encuentren en idéntica situación donde una o cualquiera de ellas, al creer sus derechos afectados o perjudicados por dicha omisión
- CONFIRMAR