Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0096/2018-RCA
Fecha: 23-Feb-2018
Fragmento 10
La Jueza de garantías, declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional, porque no se agotó las vías de impugnación como es interponer el recurso de reposición respecto a los agravios relacionados a dos sorteos y un proveído emitido por una de las Juezas codemandadas, dentro del proceso penal que se le sigue al accionante.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 4
- 1)
- improcedencia
- I.6. Trámite procesal
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Sobre el principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 10
- II.4. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- CONFIRMAR