AUTO CONSTITUCIONAL 0099/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0099/2018-RCA

Fecha: 27-Feb-2018

improcedente

El Juez Público Civil y Comercial Tercero del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 30 “A”/2018 de 15 de enero, cursante de       fs. 340 a 341, declaró improcedente la acción de amparo constitucional, fundamentando que: a) Cursa Sentencia Agroambiental Nacional Sª2ª 034/2016 de 21 de abril, dentro del proceso contencioso administrativo seguido por Cornelio Balbino Poma Cala contra Juan Evo Morales Ayma, Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia y Nemesia Achacollo Tola, Ministra de Desarrollo Rural y Tierras, declarando improbada la demanda y en consecuencia, subsistente la Resolución Suprema 12888 de 27 de agosto de 2014; b) Cornelio Balbino Poma Cala presentó revisión extraordinaria, recurso de casación, habiéndose dictado el Auto Interlocutorio Definitivo Sª2ª “2691/2017” de 28 de junio, rechazando el recurso de casación; y, c) Se notificó el 10 de julio de 2017 con dicho fallo al ahora accionante -Cornelio Balbino Poma Cala-, habiendo transcurrido hasta la fecha más de seis meses y dos días, encontrándose fuera del plazo previsto por ley.