AUTO CONSTITUCIONAL 0100/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0100/2018-RCA

Fecha: 27-Feb-2018

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Refiere que, debido a la ausencia de norma legal, el SENAPI intentó llenar a través de la emisión de Reglamentos de Procedimiento Interno de las acciones de infracción, sin ser de su competencia, siendo la norma aplicable la Ley de Procedimiento Administrativo, al no existir una norma que rija de manera especial y específica sobre materia de propiedad industrial. No obstante, se le inició un proceso de oposición sobre propiedad intelectual contra la marca de sardinas enlatadas y habiéndose apersonado solicitó ampliación de plazo para la respuesta a la oposición planteada al amparo del Decreto Supremo (DS) 27938 de 20 de diciembre de 2003; sin embargo, le respondieron que no corresponde la invocación de la citada norma, dejándola sin posibilidad de respuesta amparados en un reglamento irregularmente emitido, de esa forma el SENAPI omitió darle protección a la propiedad intelectual, lo que derivó en otras dos infracciones administrativas de las otras dos institucionales estatales.

Continua señalando que, el SENASAG autorizó el reetiquetado de todo el producto de su propiedad, lo cual le causa agravio, toda vez que, altera las características propias del mismo, a ello se suma el atropello por parte de la Aduana Nacional de Bolivia (ANB) debido a que se le niega el ingreso del producto por supuesto incumplimiento.