SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2018-S4
Fecha: 06-Feb-2018
1)
Malena Lenny Cazana Apaza y Claudia Clara Estrada Callisaya, Juezas del Tribunal de Sentencia Penal Tercero de El Alto del departamento de La Paz, por informe escrito, cursante a fs. 22 y vta., señalaron: 1) Se emitió Sentencia 73/2014 de 25 de agosto, declarando a María del Pilar Contreras Machicado autora de los delitos de asociación delictuosa y contratos lesivos al Estado, condenándola a la pena privativa de libertad de cinco años, a ser cumplida en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes de La Paz; 2) La Resolución de 18 de agosto de 2017, fue apelada por la defensa y remitida el 26 del mismo mes y año a la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pero no fue resuelta; y, 3) Adjuntan al informe fotocopias simples de una similar acción de libertad planteada por la accionante contra las autoridades hoy demandadas, la cual fue resuelta y cuenta con fallo respectivo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- su uso debe ser mesurado, evitando su activación de forma reiterada, más aún si coinciden los sujetos activos y pasivos, si son idénticos los argumentos y fundamentos, y si tienen el mismo objeto. Esta doble activación resulta inadmisible
- -no deseada por el ordenamiento jurídico-
- III.2.
- CONFIRMAR