AUTO CONSTITUCIONAL 0074/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0074/2018-CA

Fecha: 12-Mar-2018

Juez Público Civil y Comercial Primero del departamento de Pando

En consulta la Resolución de 16 de febrero de 2018, cursante de fs. 17 a 18, pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Primero del departamento de Pando por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Boris Arrieta Estrada demandando la inconstitucionalidad del art. 409 en sus parágrafos I en la frase “…quien podrá oponer únicamente las excepciones de”; y, II en la frase “No se admitirán incidentes, oposiciones u otras formas de cuestionamiento procesal” del Código Procesal Civil (CPC), por ser presuntamente contrario a los arts. 115.II y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE).