AUTO CONSTITUCIONAL 0076/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0076/2018-CA

Fecha: 12-Mar-2018

Artículo 30.- (DE SU PROCEDIMIENTO)

En este entendido, si bien la accionante aclara la numeración del artículo impugnado así como el cuerpo normativo en el que se encuentra, no obstante omite efectuar una fundamentación jurídico-constitucional sobre el contenido específico del art. 30.I del Acuerdo 109/2015 “Reglamento de Procesos Disciplinarios para la Jurisdicción Ordinaria y Agroambiental” explicando en qué medida y forma el referido artículo infringe las normas constitucionales y si el referido precepto será aplicado en la resolución final de proceso disciplinario; carga argumentativa necesaria por cuanto se advirtió que se trata de artículos que difieren en su contenido.

Entonces, si bien en un primer momento se demandó la inconstitucionalidad del art. 26.I del Acuerdo 75/2013, habiéndose aclarado que la demanda recae sobre el art. 30.I del Acuerdo 109/2015, se debió también aclarar fundadamente sobre el contenido de la norma cuya inconstitucionalidad se demanda, puesto que el contenido del artículo impugnado difiere del texto normativo citado en la demanda de la acción de inconstitucionalidad, lo que lleva a concluir que la demanda no identificó debidamente la disposición contra la cual se dirige la acción.