AUTO CONSTITUCIONAL 0076/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0076/2018-CA

Fecha: 12-Mar-2018

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

La accionante mediante memoriales de 6 y 15 de febrero de 2018, cursantes de fs. 18 a 21, y 23, formuló acción de inconstitucionalidad concreta contra el       art. 30.I del Acuerdo 109/2015 del Consejo de la Magistratura, dentro del proceso disciplinario a denuncia de Erick Paul Soliz Gandarillas, por la presunta comisión de faltas disciplinarias graves determinadas en el art. 187.6, 7 y 14 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ); refiriendo que la norma cuestionada niega la tramitación de incidentes dentro del proceso disciplinario, y de esta forma al derecho a la defensa y a las garantías judiciales mínimas establecidas en la Constitución Política del Estado y en Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos.

Asimismo, añade que los incidentes se configuran en medios de defensa intra-procesales, los que son abruptamente excluidos en el referido Reglamento Disciplinario, vulnerando los arts. 119, 256 y 410 de la CPE, en cuya razón, la aplicación del cuestionado art. 30.I en el proceso disciplinario seguido en su contra, vulnera sus derechos constitucionales a tiempo de plantear excepciones e incidentes en todo el proceso.