AUTO CONSTITUCIONAL 0122/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0122/2018-RCA

Fecha: 07-Mar-2018

ii)

ii)    Menciona el nombre y domicilio de los demandados, manifestando que son: Basilio Pérez Gómez, Ex Director, Juan Churata Cosme, Director; y, Rafael Salcedo Quispe, ex Presidente; Fausto Guido Patzi Choque, Fiscal Promotor; Jhenny Callizaya Acarapi,  Secretaria-Actuaria; Willy Roberto Zurita Tusco, Presidente del “Tribunal Disciplinario del Distrito 2 de El Alto”, todos de la Dirección Departamental de Educación de La Paz(fs. 433 y vta);

Sobre la observación efectuada, por el Juez de garantías respecto a la legitimación pasiva de la Secretaria-Actuaria que conforma el Tribunal Disciplinario del Distrito-2 de El Alto, debe tenerse presente que de acuerdo al Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio y Personal Docente y Administrativo, la conformación de dicho Tribunal, no es similar a la de los juzgados y tribunales del Órgano Judicial, ya que conforme al reglamento citado el Secretario-Actuario forma parte de éste y por tanto cuenta con legitimación para responder por la pretensión planteada, debiendo tenerse presente además, que esta observación no es un argumento válido para determinar la improcedencia de la acción de amparo constitucional.