Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0134/2018-RCA
Fecha: 19-Mar-2018
8)
8) Solicitaron se conceda la tutela, disponiéndose apertura inmediata de la puerta principal de acceso a la primera planta del inmueble ubicado en la calle Sagárnaga 139 de la ciudad de La Paz, la entrega de sus oficinas y dependencias, como el uso de los servicios básicos, sin restricción alguna, y se levante un acta circunstanciada de los bienes muebles y enseres, con la intervención de un Notario de Fe Pública, con la alternativa de emitirse mandamiento de desapoderamiento. Sea con condenación de daños y perjuicios, más costas.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente
- las vías de hecho, constituyen una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad
- II.3. Análisis del caso concreto
- 8)