AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2018- O
Fecha: 12-Mar-2018
II.1.
II.1. En la acción de amparo constitucional interpuesta por Ricardo Quispe Abasto, en representación legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “San Francisco Ltda.” contra Lilian Paredes Gonzales e Iván Fernando Vidal Aparicio, Vocales de la Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia; y, Fernando Rilbert Avilés Salguero, entonces Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial, ambos del departamento de Chuquisaca, el Juez Público Civil y Comercial Segundo del departamento mencionado, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución A.A.C. 1/2016 de 10 de junio, concedió la tutela solicitada, disponiendo dejar sin efecto el Auto de Vista S.C.C.FAM 372/2015 y su Auto complementario, emitidos por los Vocales de la Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal aludido, ordenando se pronuncie uno nuevo, resolviendo el recurso de apelación formulado por la entidad accionante (fs. 38 a 48).