DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2018
Fecha: 14-Mar-2018
ya que éste hace referencia a seis tipos de fiscalización, que evidentemente responde al contenido del proyecto inicial, pero debido a la desaparición (núm. 6) en el actual parágrafo I sólo se advierte cinco tipos de fiscalización
Ahora bien, en el texto de la primera adecuación el deliberante municipal optó por eliminar el numeral observado en el texto original, lo que llevó a este Tribunal a efectuar las siguientes consideraciones: “Cabe hacer notar, que el estatuyente municipal, en su intención de compatibilizar todo el artículo, no consideró que la supresión efectuada generó una incongruencia en el contenido del parágrafo I, ya que éste hace referencia a seis tipos de fiscalización, que evidentemente responde al contenido del proyecto inicial, pero debido a la desaparición (núm. 6) en el actual parágrafo I sólo se advierte cinco tipos de fiscalización; consecuentemente, se generó una incongruencia interna en el art. 91, lo que afecta al principio de seguridad jurídica, desarrollado ampliamente en el cargo de incompatibilidad del art. 39.V del proyecto, es decir, que toda norma debe expresar seguridad y certeza. Bajo ese precedente, corresponde declarar la incompatibilidad constitucional de la frase ‘Se diferenciarán seis tipos de fiscalización ejercidas’ inserta en el párrafo introductorio del art. 91.I del proyecto de la carta orgánica” (las negrillas son agregadas).
- a)
- art. 91.I
- constitucional solo en lo concerniente a la modificación efectuada al texto del artículo observado en la citada Resolución constitucional, remitiéndose en lo restante al contenido del texto original del proyecto de COM cursante en la merituada DCP 0019/2017
- III.1. El control previo de constitucionalidad de las normas institucionales básicas de las Entidades Territoriales Autónomas (ETA)
- III.2.
- 25.I numerales 10, 14, 19, 21 y 24
- termina por añadir alguna que otra previsión no examinada y que, igualmente, no será objeto de análisis
- en la parte declarativa, debe adoptar el entendimiento que -en los demás artículos no examinados ahora-, el texto deberá estar conforme al proyecto presentado y analizado en la DCP 0001/2013
- III.3.
- 1. Fiscalización Política.-
- 2. Fiscalización Administrativa.-
- 3. Fiscalización Operativa.-
- 4. Fiscalización Técnica.-
- 5. Fiscalización Tributaria.-
- 6. Fiscalización a la Ciudadanía.-
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- Control previo de constitucionalidad
- ya que éste hace referencia a seis tipos de fiscalización, que evidentemente responde al contenido del proyecto inicial, pero debido a la desaparición (núm. 6) en el actual parágrafo I sólo se advierte cinco tipos de fiscalización
- incompatibilidad
- compatibilidad
- 3° EXHORTAR