DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2018

Fecha: 14-Mar-2018

a)

Asimismo, cursa en el expediente documentación adicional consistente en fotocopias legalizadas de: a) Acta de Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de Pasorapa, relativa al análisis de la DCP 0079/2017, donde se aprobó por unanimidad, las modificaciones de los artículos observados, determinándose dictar una Ley Municipal de adecuación del proyecto de Carta Orgánica Municipal (fs. 953 a 954); b) Resolución Municipal 027/2017 de 1 de junio, concerniente a la designación de la nueva Mesa Directiva del Concejo Municipal (fs. 955); c) Testimonio de posesión del Concejal Titular, Norman Jesús Arandia Castro (fs. 956 a 957) y fotocopias simples de los credenciales de los Concejales Titulares del municipio de Pasorapa (fs. 960 a 964); d) Acta que acredita la participación de la sociedad civil dentro del proceso de adecuación del proyecto de COM (fs. 1064 a 1065 y vta.); y, e) Una versión digital e impresa del citado proyecto adecuado (fs. 1066 a 1143).

III.  La reforma total o parcial, deberá encaminarse a través de una Asamblea Autonómica Municipal con representación del total de organizaciones e instituciones representativas del Municipio, elegidas democráticamente bajo el enfoque de equidad de género y generacional, y en cumplimiento a los requisitos exigidos en la normativa a emitirse para tal efecto.

IV.   La reforma total o parcial de la Carta Orgánica Municipal requiere la aprobación de dos tercios (2/3) del total de los miembros del Órgano Legislativo, se sujetarán al control de constitucionalidad a cargo del Tribunal Constitucional Plurinacional, para posteriormente ser sometido a referendo para su aprobación” (las negrillas son nuestras).