SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2018
Fecha: 14-Mar-2018
II.2.
II.2. Cursa Testimonio notarial 88/2012 de 15 de junio, de la escritura pública de una minuta de inscripción de plano de urbanización y cambio de dominio de terreno rústico a urbanización suscrito por Antonio Ticona Cajas, propietario de un terreno de 41 713,85 m², sito en el ex fundo Cucuta, cantón Laja, provincia Los Andes del departamento de La Paz, derecho que emerge de la compra de 10 ha de terreno de su anterior propietaria. Sobre dicha extensión de terreno, concluyó el trámite municipal de Urbanización Monje Campero I, en virtud al Informe Técnico 10/2009 de 7 de septiembre, emitido por el Director del Área Técnica del Gobierno Municipal de Laja, y la Resolución Municipal 037/2009 de 8 de diciembre, dictada por el Concejo de esa entidad municipal (fs. 18 a 26 vta.).
- I.1. Alegaciones del Juez Agroambiental de El Alto del departamento de La Paz
- I.2. Alegaciones de la Jueza Pública Mixta y de Sentencia Penal Primera de Pucarani del departamento de La Paz
- I.3. Admisión
- II.1.
- II.2.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre presupuestos para determinar la competencia de los jueces en acciones reales
- tanto los jueces agrarios (ahora agroambientales) como los ordinarios tienen competencia para conocer acciones reales, personales y mixtas; pero la diferencia está en que los primeros conocen las derivadas de la propiedad, posesión y actividad agraria, y en caso de producirse un cambio de uso de suelo, para definir la jurisdicción que conocerá de estas acciones, no sólo se considerara la ordenanza municipal que determine estos límites entre el área urbana y rural, sino esencialmente, el destino de la propiedad y la naturaleza de la actividad que se desarrolla
- III.3. Análisis del caso concreto
- COMPETENTE