SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2018-S1

Fecha: 12-Mar-2018

el cumplimiento de un deber contenido en normas constitucionales y la ley, por lo tanto no tiene como finalidad tutelar cuestiones inherentes a aspectos de orden procesal suscitados dentro los procesos judiciales o administrativos

Asimismo el AC 0033/2012-RCA de 26 abril, señaló que: “…no corresponde, de acuerdo a la naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento más aún tomando en cuenta que su objeto se asienta en el cumplimiento de un deber contenido en normas constitucionales y la ley, por lo tanto no tiene como finalidad tutelar cuestiones inherentes a aspectos de orden procesal suscitados dentro los procesos judiciales o administrativos, por consiguiente dada la improcedencia de la presente acción de cumplimiento, resulta innecesario ingresar a mayores consideraciones de orden procesal” (el resaltado nos corresponde).