SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2018-S2

Fecha: 12-Mar-2018

2.

El Fundamento Jurídico III.1. de este Fallo constitucional determina que ante la existencia de medios de defensa procesales específicos; idóneos, eficientes y oportunos para restituir derechos constitucionales, estos deben ser necesariamente agotados por los afectados, como requisito previo para la activación de la justicia constitucional; así mismo, el precedente constitucional en vigor, dispuesto mediante la SCP 0482/2013, que se adecua a la problemática bajo análisis, estableció que no es posible ingresar al fondo de la acción de libertad, en el supuesto que: 2. Cuando el Fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional”.

Consiguientemente, y en observancia del Fundamento Jurídico desarrollado en la presente Sentencia, la jurisdicción constitucional está impedida de pronunciarse sobre el fondo de la problemática planteada por el accionante, por no haberse agotado los medios y mecanismos de defensa intraprocesales establecidos en el Código de Procedimiento Penal; correspondiendo denegar la tutela por subsidiariedad.