SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2018-S3

Fecha: 15-Mar-2018

ante

Del mismo modo, del entendimiento asumido en la jurisprudencia citada, se tiene, que ante la existencia de una conminatoria de reincorporación en favor del trabajador emanada de instancias administrativas dentro del proceso administrativo laboral sustanciado al efecto y cuyo cumplimiento no se opera voluntariamente por el empleador, el trabajador puede acudir a la vía constitucional para que a través de la acción de amparo, lograr dicho cumplimiento; empero, debe tenerse presente que no por ello, el Tribunal Constitucional Plurinacional se ha de convertir en mero ejecutor de este tipo de conminatorias, sino por el contrario, estas acciones serán examinadas en el marco del debido proceso, tomando en cuenta el estado del proceso administrativo y/o laboral; toda vez que si bien en determinado momento, es decir, en una primera instancia y aún en revocatoria, la conminatoria de reincorporación se encuentre firme, no es menos cierta que ésta pueda ser modificada o variar en recurso jerárquico, de ahí también el carácter provisional de este tipo de decisiones, entendimiento recogido por la SCP 0060/2015, anteriormente citada cuando señala: “…No obstante, corresponde resaltar que, la tutela que será concedida, posee el carácter extraordinario y provisional, por cuanto, conforme se expuso a través de la jurisprudencia constitucional (…) la vía impugnatoria a favor del demandado, se encuentra abierta y por ende será tal jurisdicción la que en derecho resuelva lo que corresponda…”»] (las negrillas pertenecen al texto original).