SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2018-S3

Fecha: 19-Mar-2018

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Primero de Ivirgarzama del departamento de Cochabamba, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 31 de octubre de 2017, cursante de fs. 29 a 31, denegó la tutela impetrada, bajo los siguientes fundamentos: 1) El accionante alega que se suspendió la audiencia de resolución de excepciones, tomando en cuenta un falaz justificativo, provocando demora innecesaria, en razón a que la inconcurrencia de una de las partes a la audiencia de producción de prueba, no es causal de suspensión; 2) La autoridad demandada señala que según la jurisprudencia citada por el mismo accionante, la acción de libertad traslativa o de pronto despacho tiene por finalidad, otorgar celeridad en trámites donde exista dilación innecesaria o indebida cuyo efecto prolonga una restricción al derecho a la libertad, aspecto que no se presentaría en el presente caso, además los antecedentes fácticos, no son análogos al caso concreto, por lo que no serían vinculantes; y, 3) En el presente caso, el accionante no agotó la vía de impugnación pertinente para que pueda habilitarse a la jurisdicción constitucional, pues no advirtió que la decisión de suspensión de 26 de octubre de 2017, podía ser impugnada por reposición, recurso que resulta idóneo, eficiente y oportuno, para que en su caso el Juez demandado advertido de su error revoque la decisión o la modifique, a raíz de ello no corresponde conceder la tutela por concurrencia del principio de subsidiariedad.