Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2018-S3
Fecha: 19-Mar-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denuncia la vulneración a su derecho a la igualdad sin discriminación, acceso a la justicia, al debido proceso y principio de celeridad, dado que la autoridad judicial demandada, suspendió la audiencia de resolución de excepción de falta de acción, en base a valoración de una justificación falaz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión,
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR